El Consejo de Ministros, a propuesta del titular de Presidencia, Economía y Empresa, Jordi Gallardo, ha aprobado este miércoles el Proyecto de Ley de Modificación de la Ley de Inversión Extranjera, que data del 2012: «el proceso de apertura a la inversión extranjera, culminado con la ley y con las reformas legislativas para la instauración de un sistema fiscal armonizado con los estándares internacionales, se ha convertido en esencial para situar el Principado como un destino de interés para inversores extranjeros».
Por eso, y viendo la tendencia de las economías más desarrolladas en este contexto de aumentar el rol de los gobiernos en la revisión y el control de las inversiones extranjeras, el Gobierno considera que es el momento de modificar la ley para adaptarse a las necesidades y los retos actuales de la economía del Principado.
Así, Gallardo ha apuntado que la reforma legislativa se basa en cuatro ejes principales: instaurar un régimen de liberalización de determinadas inversiones para facilitar el proceso; obligar a todas las inversiones extranjeras a presentar una declaración ante el Registro una vez se hayan materializado; instaurar un mecanismo efectivo de control, y establecer un régimen sancionador. En este sentido, el ministro ha apuntado que el Principado no es ajeno a los riesgos que pueden comportar determinadas inversiones para su seguridad nacional, soberanía, orden público, salud pública y medio ambiente, por lo que se considera necesario «reforzar la cláusula de salvaguarda y articular este nuevo régimen jurídico alineado con los estándares internacionales».
Más concretamente, y en cuanto al proceso de liberalización y agilización de los procesos para instaurarse en el país, el titular de Presidencia, Economía y Empresa ha explicado que los inversores procedentes de un país con el que Andorra tenga firmado un CDI o de un país con el que haya convenio de colaboración en esta materia, podrán iniciar el proceso sin tener que presentar solicitud y llevar a cabo un primer control previo ―quedan excluidas las entidades públicas de soberanía extranjera y las inversiones en sectores incluidos en la cláusula de salvaguarda. Eso sí, en todos los casos, se haga o no solicitud previa, se tendrá que presentar una declaración de inversión extranjera e inscribirse en el Registro; será en este primer punto en que se les hará un control inicial.
Del mismo modo, se instaurarán los controles posteriores para valorar si las inversiones extranjeras cumplen los requisitos necesarios. En caso de comprobar deficiencias, las decisiones de control que se desprendan pueden incluir la anulación de la inversión, su liquidación o medidas cautelares ―que van desde la suspensión de los derechos de voto hasta la prohibición de distribuir dividendos o disponer de activos. También se establece un nuevo código sancionador que tipifica infracciones muy graves, graves o leves.
Finalmente, el ministro Gallardo ha expuesto que se dará un plazo transitorio de un año para que las inversiones en cartera entradas antes de la nueva ley se declaren y se inscriban en el Registro. También ha apuntado que, para poder adaptarse al nuevo texto, habrá que dotar de recursos económicos, técnicos y humanos al Departamento de Registros Jurídicos y Económicos.
Texto y foto: Govern d’Andorra